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La Serena: Corte acredita abusos de Francisco Javier Cox y decreta sobreseimiento

La investigación judicial estableció hechos de abuso sexual atribuidos al exarzobispo Francisco Javier Cox en La Serena, Andacollo y Chillán, aunque la causa fue sobreseída por prescripción.

La Serena: Corte acredita abusos de Francisco Javier Cox y decreta sobreseimiento
La justicia acreditó la existencia de delitos sexuales atribuidos al Exarzobispo de La Serena, Francisco Cox

El ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de La Serena, Christian Le-Cerf Raby, decretó el sobreseimiento definitivo de la causa abierta contra Francisco Javier Cox Hunneus, investigado por delitos de abusos deshonestos y abusos deshonestos agravados cometidos entre 1975 y 1988.

La resolución judicial estableció que los hechos denunciados por siete víctimas sí ocurrieron, señalando que existieron actos de connotación sexual cometidos por una figura con autoridad moral y religiosa sobre las víctimas, quienes pertenecían a la Iglesia dirigida por Cox en distintas ciudades del país.

Fallo acredita hechos ocurridos en La Serena, Andacollo y Chillán

Según la investigación, los delitos atribuidos a Francisco Cox ocurrieron en espacios cerrados de dependencias eclesiásticas ubicadas en La Serena, Andacollo y Chillán, sin presencia de terceros y bajo patrones similares de acercamiento.

El fallo sostiene que, pese a tratarse de hechos ocurridos en privado, existían elementos suficientes para corroborar los relatos de los denunciantes. Además, se consideró relevante la posición de poder que ejercía el entonces obispo sobre las víctimas.

La resolución también recordó que en octubre de 2021 ya se había decretado un sobreseimiento parcial por la muerte del religioso, aunque la investigación continuó para establecer el cuerpo del delito y eventuales responsabilidades.

Caso Francisco Javier Cox: Tribunal determinó prescripción de la acción penal

El ministro concluyó que los delitos investigados correspondían a simples delitos según la legislación vigente en la época de los hechos, por lo que la acción penal prescribía en un plazo de cinco años desde su comisión.

Debido a que los abusos acreditados habrían ocurrido entre 1975 y 1988 y la investigación judicial comenzó recién en 2018, el tribunal estableció que la responsabilidad penal se encontraba extinguida por prescripción.

En consecuencia, la justicia decretó el sobreseimiento definitivo de la causa respecto de hechos cometidos en distintas fechas no determinadas entre 1975 y 1986 en las ciudades de La Serena, Andacollo y Chillán.

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