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Corte Suprema Ordena Revocar Servicio De Buses Cortes Flores Ovalle – La Serena

Corte Suprema Ordena Revocar Servicio De Buses Cortes Flores Ovalle – La SerenaLa Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió acoger el recurso de protección interpuesto por el transportista Francisco Horta por las empresas Palacios, Cormar Bus y Horvitur respecto a las faltas constitucionales para operar en el recorrido Ovalle, La Serena y Coquimbo por la ruta D-43, respecto a la empresa Cortés Flores.

En la sentencia se indica que “se acoge el recurso de protección (…) en cuanto se ordena a la Secretaría Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones iniciar el proceso de invalidación de la autorización entregada a la empresa Comercio y Transportes Cortés Flores E.I.R.L (…) debiendo ajustarse en su proceder a la Circular N° 33, vigente a la época de otorgar la referida autorización”

El máximo tribunal, integrado por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, y María Eugenia Sandoval, sostiene que “la decisión de la autoridad administrativa de autorizar la inscripción de nuevos buses a la empresa de Comercio y Transportes Cortés Flores E.I.R.L, constituye un acto ilegal y arbitrario que perturba la garantía esencial a que se refiere el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, puesto que determina que a la referida empresa no se le hace aplicable la Circular N° 33, discriminando a los actores a quienes se les ha notificado el referido acto administrativo”.

Circular prohibía autorizar nuevas líneas

El documento indicado tiene fecha del 4 de agosto de 2004 y se encuentra en plena vigencia. Se sostiene que “(…) considerando la gran oferta de servicios de buses rurales entre las ciudades de La Serena-Coquimbo y Ovalle, como también las condiciones de saturación por capacidad de la vía en algunos tramos de la Ruta 43, lo que ha influido en el aumento de accidentes de tránsito, se ha concluido que la ruta no reúne las condiciones de seguridad para seguir autorizando nuevos servicios y aumento de flota, para los servicios de buses rurales que operen entre dichas ciudades. Por lo anterior a contar de esta fecha sólo se aceptará la incorporación de buses en un servicio registrado cuando proceda por la vía de reemplazo de un vehículo de la flota”.

De esta manera, la Corte Suprema determinó que la autoridad de transportes de la región de Coquimbo actuó arbitrariamente y de manera ilegal al otorgar el permiso para la empresa Cortés Flores con 30 máquinas por lo que ordenó el proceso de invalidación del recorrido.

Reacciones

Francisco Horta, de buses Horvitur se mostró conforme al dictamen “porque perserveramos por la vía judicial ya que sabíamos que no se había respetado la Circular N°33. Perdimos en la Corte de Apelaciones por un tecnicismo pero sabíamos que estábamos en lo correcto y así fue ratificado por la Suprema”.

A su vez, manifestó que la intención es cautelar derechos constitucionales y que no están contra la empresa de buses afectada ya que si las condiciones legales y condiciones de la ruta cambian, puede entrar al mercado, sostuvo.
Al respecto el seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Óscar Pereira, declinó pronunciarse sobre el particular informando, a través de su jefe de Gabinete, que “los fallos se respetan y cumplen”.
En tanto, desde empresas Cortés Flores indicaron que al momento de esta nota aun no habían sido notificados estando en espera de su abogado para pronunciarse.

Guerra de Precios

Cortés Flores entró a funcionar entre Ovalle, La Serena y Coquimbo en julio de 2016 con viajes gratuitos, buses nuevos y valores promocionales que obligó a las otras líneas a rebajar las tarifas por debajo de los costos de operación. Esto generó fuertes discusiones entre los funcionarios de las líneas de buses que en varias oportunidades generó riñas en la vía pública.

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