Condenan a autor por femicidio frustrado ocurrido en 2020 en Ovalle
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle sentenció a J.A.C.C. a 10 años y un día de presidio efectivo por prender fuego a su conviviente en 2020. La víctima sufrió graves quemaduras tras ser rociada con bencina.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a J.A.C.C. a la pena de cumplimiento efectivo de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de femicidio. El hecho fue perpetrado en marzo de 2020 en la comuna de Ovalle.
En fallo unánime, el tribunal —integrado por los magistrados Rubén Bustos Ortiz (presidente), Zoila Terán Arévalo y Claudia Molina Contador (redactora)— aplicó además al condenado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Qué acreditó el tribunal sobre el ataque en avenida Romeral
Los jueces dieron por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a la 01:30 horas del 17 de marzo de 2020, en el sector de avenida Romeral con avenida La Feria, el condenado prendió fuego con un encendedor a su conviviente, sabiendo que esta tenía bencina sobre su cuerpo. Producto de la acción, la víctima sufrió quemaduras por fuego en el rostro y en la vía aérea, lesiones que el tribunal calificó como graves y de carácter homicida.
Para los magistrados, la unión lógica y sistemática de los hechos permitió calificarlos como constitutivos de un delito de femicidio, previsto en el artículo 390 bis del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado y en contexto de violencia intrafamiliar. El fallo estableció que la sobrevivencia de la víctima no se debió a un factor ajeno a la acción del condenado, sino a su propia reacción: se arrojó a un charco de agua para apagar las llamas y se quitó la ropa para evitar que el fuego siguiera consumiendo su cuerpo.
«El acusado realiza todos los actos de la ejecución representándose el resultado, no faltando de ese modo ningún factor externo, ni abandona su acción la que sigue su curso natural que es la muerte de la víctima», señaló el tribunal en su resolución.
Medidas de protección y registro de ADN
Junto con la pena principal, el tribunal impuso a J.A.C.C. las accesorias especiales de prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo, estudio y cualquier otro sitio que frecuente habitualmente, además de la prohibición de toda forma de comunicación con la ofendida por dos años, a contar desde que el condenado recupere la libertad.
El tribunal dispuso también que, una vez ejecutoriado el fallo, se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporarla al registro nacional de ADN de condenados, procedimiento habitual en este tipo de sentencias.







