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Retiro del 10%: Poder Judicial abre mecanismo en linea para solicitud de liquidación de deudas de pensión de alimentos

Retiro del 10%: Poder Judicial abre mecanismo en linea para solicitud de liquidación de deudas de pensión de alimentos

El Poder Judicial dispuso el martes 28 de julio una sección en línea para que la ciudadanía pueda pedir  en forma simple y rápida la retención del 10% de los fondos de las AFP de aquellas personas que tienen deudas de pensiones alimenticias.

Este trámite, que se ha visto incrementado en su ingreso de manera muy voluminosa en los últimos días, se puede realizar ingresando al sitio web tramitefacil.pjud.cl. Ahí encontrarán un botón  que dice RETENCIÓN JUDICIAL EL RETIRO DEL 10% DE LAS AFP. Al pinchar se despliega un formulario con los datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.

Es importante recordar que para todos los trámites en causas judiciales se requiere contar con Clave Única.

Ingresado ese formulario web, al tribunal comenzará la tramitación  de esta solicitud que implica como primera resolución la cautela de los fondos del demandado hasta que  el tribunal genere la liquidación y la solicitud completa.

Como se sabe este trámite solo tiene efectos si el demandado  solicita el retiro del 10 % de sus fondos previsionales.

La vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, explicó que  «El Poder Judicial está trabajando en esta y en muchas otras mejoras  para atender esta demanda de los usuarios de manera pronta y oportuna.  Se trata de evitar que la gente concurra presencialmente a los tribunales de Familia. Eso no es necesario, ya que se puede hacer la solicitud por vía remota, on line y con un mecanismo fácil y sencillo».

DATOS:

El link para hacer el trámite: tramitefacil.pjud.cl  (sin www)

No todos recibirán recursos, ya que la solicitud de  liquidación de la deuda en alimentos no implica necesariamente  que se vaya a cancelar esa morosidad con los fondos previsionales. El retiro del 10% será voluntario por parte del cotizante, por lo que las personas que reclaman el pago de las pensiones alimenticias no necesariamente podrán acceder a estos recursos.

Es un trámite complejo y no es inmediato, la liquidación de la deuda no es un trámite directo. Se trata de un trámite por etapas, con plazos  y en el cual participan varios actores, por lo que no es de solución inmediata. Por ejemplo, en un momento normal, una persona pide la liquidación de la deuda, el tribunal recibe esa solicitud y notifica al demandado, luego de la recepción de todos los documentos, recién el juzgado liquida. En esta nueva etapa, además, deberán participar las AFPs, lo que alarga un poco más la gestión. Una liquidación en época normal, puede durar 30 días en promedio.

Cautelar los recursos, con el trámite el juzgado de familia cautelará lo más rápido posible los recursos, antes de ser entregados a los cotizantes. En ese sentido, hay un acuerdo entre los magistrados en que una vez recibida la solicitud, se oficiará inmediatamente la cautela (retención) de los montos a las AFPs, para que así los solicitantes del pago de deuda por alimentos puedan estar tranquilos a la espera del trámite completo.

No ir a los tribunales, como una forma de resguardar la salud de las personas y que los tribunales no sean un foco de contagio de coronavirus, le pedimos a la ciudadanía que en estos días no acudan a los juzgados en forma presencial a consultar los procedimientos, para eso se habilitó tramitefacil.pjud.cl  

Juzgado de Familia de Ovalle, en los últimos existe un promedio de 300 a 350 escritos al día, de todas las materias y solicitudes, en circunstancias que el día martes 28, a primera hora, teníamos 1.400, de los cuales aproximadamente el 80% correspondían a causas de alimento.

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