Tottus deberá responder a Sernac por menores que recibieron descarga eléctrica en La Serena
Dos menores de 11 y 7 años resultaron afectados por una descarga, debido a una caja eléctrica, al parecer sin protección, que se encontraba en uno de los pasillos del local comercial.
La Dirección Regional del SERNAC de Coquimbo ofició al supermercado Tottus por el incidente que afectó a dos niños, quienes resultaron heridos por una descarga eléctrica ocurrida al interior de un local, siendo trasladados de urgencia al Hospital de La Serena.
Según los antecedentes preliminares, la tarde de este miércoles en el supermercado, ubicado en avenida Balmaceda de La Serena, dos menores de 11 y 7 años resultaron afectados por una descarga, debido a una caja eléctrica, al parecer sin protección, que se encontraba en uno de los pasillos del local comercial.
Por la gravedad de situación, el Servicio fiscalizador busca conocer el detalle la versión de la empresa, su responsabilidad en los hechos, protocolos, medidas de seguridad adoptadas una vez conocido los hechos y medios con los que cuenta el establecimiento comercial para prevenir y atender este tipo de emergencias y los mecanismos dispuestos para indemnizar a las víctimas.
Responsabilidad del proveedor
La Ley del Consumidor, es clara, la empresa debe garantizar siempre la seguridad de sus consumidores. Además, debe permitir todas las condiciones para que sus clientes transiten y accedan de forma segura a los productos que desean adquirir, manteniendo un estándar adecuado de calidad, y de seguridad apropiado, previniendo cualquier riesgo que pueda afectarlos.
Las instalaciones de los supermercados no deben representar ningún riesgo para las y los consumidores que circulan, tienen que existir salidas de emergencia; los productos deben estar fijos para no caer sobre los consumidores; escaleras mecánicas en buen estado, los locales deben contar con pisos antideslizantes, entre otras medidas.
La temática de la responsabilidad de los proveedores en el ofrecimiento de servicios y eventuales problemas de seguridad en sus instalaciones, incluso cuando una persona aún no ha comprado un producto, ha sido un tema que SERNAC ha recalcado constantemente, en cuanto es un derecho de todos los consumidores “la seguridad en el consumo de bienes o servicios, y la protección de la salud”.
En el ámbito jurisprudencial, se ha interpretado que los proveedores tienen responsabilidad incluso en ausencia de un “vínculo contractual”. Un ejemplo ilustrativo es el caso de una persona que, al estar vitrineando en una tienda y sin haber realizado una compra, sufre una caída debido a la deficiente mantención de las instalaciones. En estas situaciones, se ha determinado que el proveedor es responsable de garantizar la seguridad en sus espacios y la integridad física de los consumidores, aún cuando no hayan realizado una compra.
Actualmente, esta temática se encuentra en discusión en el Congreso a través del Proyecto de Ley “SERNAC Te Protege”. En particular, durante la sesión de la Comisión de Economía del pasado martes 14 de enero, se aprobó una indicación que elimina de la definición de “consumidor” de la Ley vigente la frase «en virtud de cualquier acto jurídico oneroso».
Esta modificación busca otorgar mayores garantías a los consumidores que, sin haber concretado una compra, pueden verse expuestos a riesgos de seguridad o afectaciones derivadas de las acciones u omisiones de los proveedores.
Para el Director Regional del SERNAC, Rodrigo Santander, “acá ocurrió una situación extremadamente grave y peligrosa, violentando la seguridad de dos niños, en un local que al parecer no contaba con protocolos para atender emergencias de este tipo”.
“La ley es clara y establece la seguridad en el consumo como un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes”, complementó la autoridad regional.
Por su parte, Pía Castillo, SEREMI de Economía, Fomento y Turismo, destacó que “el rol que cumple SERNAC es fundamental en la defensa de los consumidores y, como Gobierno del Presidente Gabriel Boric, estamos potenciando a este servicio, a través del Proyecto de Ley SERNAC Te Protege, que fortalece sus funciones fiscalizadoras e introduce el elemento sancionatorio para las empresas que infrinjan la ley y no resuelvan de manera oportuna los problemas de sus clientes”.
Oficio
Tras la entrega de los antecedentes por parte de la empresa, SERNAC analizará los antecedentes para tomar todas las medidas que correspondan para ir en defensa de los consumidores afectados.
Es importante señalar que la negativa injustificada o demora en la entrega de la información requerida por el Servicio es susceptible de ser sancionada con una multa de hasta 400 UTM, esto es, alrededor de 27 millones de pesos.
La Ley establece, en su artículo 58, que las empresas están obligadas a responder al SERNAC cuando solicita antecedentes que tengan relación con Información Básica Comercial (IBC).