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Ratifican sanciones civiles y penales para quienes hagan mal uso de recursos públicos destinados a educación

mgr_universitariosLas Comisiones Unidas de Hacienda y Educación aprobaron una indicación del Ejecutivo que señala que tales sanciones son las que están establecidas en el ordenamiento jurídico vigente. En tanto, los senadores Fulvio Rossi y Jaime Quintana retiraron las indicaciones que establecían penas de cárcel para los sostenedores.
Con la aprobación de sanciones a quienes hagan mal uso de los recursos públicos destinados a educación, entre otras medidas, las Comisiones Unidas de Hacienda y Educación continuaron con el estudio en particular del proyecto, en segundo trámite, que regula la admisión de los estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.

La disposición, presentada por el Ejecutivo y aprobada en votación dividida, establece que quien haga mal uso de los recursos públicos destinados a educación, deberá reintegrarlos al establecimiento educacional  debidamente reajustados y además la Superintendencia de Educación los sancionará con una multa del 50% de la suma sustraída o desviada.

Asimismo, señala que las infracciones cometidas en el uso de los recursos, generarán las responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone. En ese caso, la Superintendencia de Educación o el Servicio de Impuestos Internos deben denunciar los hechos ante el Ministerio Público.

En el mismo orden de cosas, los senadores Fulvio Rossi y Jaime Quintana retiraron dos indicaciones que establecían penas de cárcel a quienes hicieran mal uso de los recursos públicos destinados a educación.

En tal sentido, se aprobó una indicación del Ejecutivo que permite la operación con personas relacionadas cuando se hacen con organizaciones sin fines de lucro o de derecho público que presten permanentemente de servicios a los establecimientos educacionales.

Además se aprobaron dos indicaciones –una del Ejecutivo y otra de los senadores Jorge Pizarro, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar-que señala que se entenderá por partes relacionadas a las personas jurídicas que posean directa o indirectamente el 10% (antes se hablaba del 5%) o más del capital de ésta, la calidad de directivo o de administrador.

 

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